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EL INGRESO MÍNIMO VITAL

EL INGRESO MÍNIMO VITAL

¿CÓMO PUEDO SOLICITAR LA RENTA MÍNIMA?

El proceso para comenzar la solicitud de acceso a la renta mínima es bastante engorroso, por lo que para ello puedes acudir a tu asesor, oficinas de tu ayuntamiento o comunidad autónoma. Tenemos que dejar claro que lo que vamos a explicaros a continuación son las normas generales, pero cada C.C.A.A tienen sus modificaciones en materia social y económica puesto que esta norma tiene competencias duales entre estado y C.C.A.A.

La solicitud para presentar el acceso a la renta mínima se abrirá a partir del día 15 de junio una vez se apruebe en el Consejo de Ministros.  Esta deberá solicitarse en la comunidad autónoma donde el solicitante este inscrito (Excepto País Vasco y Navarra)

REQUISITOS PARA ACCEDER

  1. Estar empadronado en una localidad con una antigüedad determinada.
  2. No disponer de recursos económicos suficientes para las necesidades vitales. Como norma general accederían aquellos hogares donde los ingresos mensuales no superen el 80% del Iprem, unos 430 euros.
  3. Estar inscrito obligatoriamente en la búsqueda de empleo y haber solicitado ya todas las ayudas, prestaciones y pensiones que le pudieran corresponder.
  4. Aceptar las medidas en materia de trabajo, que se aprueben en su comunidad autónoma para fomentar la inserción laboral
  5. Necesidad de justificar los ingresos mensuales para acceder al ingreso mínimo vital, además se realizarán test de renta en el que se establece unos máximos de patrimonio para poder acceder a la ayuda. Se pondrá un límite patrimonial de 16.614 euros para una persona que viva sola, que se irá incrementando por cada persona adicional hasta los 43.196 euros. Queda excluida la vivienda patrimonial. Esto variará si la familias tienen alquiler o para universitarios.

¿CUÁNTO SE COBRA AL MES CON LA RENTA MÍNIMA?

 Las ayudas no deben ser superiores al 70% del salario mínimo, aunque esto depende de cada C.C.A.A.

La duración de la prestación también varía dependiendo de la comunidad donde este empadronado el individuo que la solicita.

El proceso desde que se hace una solicitud hasta que se aprueba el expediente suele ser largo. Hay comunidades que llevan varios meses de retraso.

En el siguiente cuadro resumen proporcionado por la Seguridad Social vemos cuanto se cobraría teniendo en cuenta numero de adultos e hijos.

Un adulto462 €
Un adulto y un niño700 €
Un adulto y dos niños838 €
Un adulto y tres o más niños977 €
Fuente: Seguridad Social
Dos adultos600 €
Dos adultos y un niño738 €
Dos adultos y dos niños877 €
Dos adultos y tres o más niños1.015 €
Fuente: Seguridad Social
Tres adultos738 €
Tres adultos y un niño877 €
Tres adultos y dos niños1.015 €
Fuente: Seguridad Social
Cuatro adultos877 €
Cuatro adultos y un niño1.015 €
Otras familias1.015 €
Fuente: Seguridad Social

¿ES COMPATIBLE CON INGRESOS POR RENDIMIENTOS DEL TRABAJO?

Si, esta renta es compatible con el cobro de una nómina durante un periodo determinado de tiempo. Si una persona vive sola tiene derecho a 462 €, por lo que, si no percibe ingresos extras, la renta mínima que percibirá será de 462 €. Pero si cuenta con ingresos de 200 euros, en ese caso recibiría 262 euros, la diferencia entre sus ingresos y el umbral de la renta garantizada. De este modo se establece un estímulo específico al empleo ya que, si una persona que recibe esta prestación incrementa sus ingresos laborales, una parte de sus ingresos no va a computar. Si consigue ganar 200 euros más al mes no se le restarían 200 euros de la prestación sino algo menos.

¿ES COMPATIBLE CON EL PARO O ALGUNA OTRA PRESTACIÓN?

No. La ley exige que para solicitar el ingreso mínimo vital previamente se deben haber agotado otro tipo de medidas protectoras en el ámbito público.

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